¿Para qué sirve y qué hace?
Las funciones a desarrollar por tales oficinas municipales de consumo serán como mínimo las siguientes:
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Información, ayuda, orientación y asesoramiento sobre derechos y obligaciones de los consumidores y usuarios.
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Recepción de las reclamaciones y denuncias en materia de consumo y traslado de las mismas, en su caso, al órgano administrativo competente para su resolución.
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Propiciar sistemas de resolución voluntaria de las reclamaciones.
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Educación y formación individual y colectiva de los consumidores y usuarios.
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En general, la atención, defensa y protección de los consumidores y usuarios, de acuerdo con lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
En el desarrollo de sus funciones, las oficinas de información al consumidor fomentarán y divulgarán el Sistema Arbitral de Consumo sirviendo de sede cuando sea necesario para el desarrollo de las actividades de la Junta Arbitral de Consumo de Canarias.
Los derechos del consumidor
Son derechos básicos de los consumidores y usuarios:
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El derecho a ser protegidos frente a los riesgos que puedan afectar a su salud integral y seguridad, a la calidad de vida y a un medio ambiente adecuado.
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El derecho a la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales.
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El derecho a la información veraz, eficaz y suficiente sobre bienes, productos y servicios.
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El derecho a la educación y formación en materia de consumo.
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El derecho a asociarse para la representación, participación y defensa de sus legítimos intereses y a ser oídos en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afecten directamente.
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El derecho a la protección jurídica, administrativa y técnica, así como el derecho a la reparación o indemnización de daños y perjuicios.
Puntos claves para la protección
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ETIQUETADO: Las etiquetas identifican lo que se va a comprar y le informan de las características del producto, ya sea alimenticio, textil, calzado, etc. Por eso, indican la marca, la composición, el modo de empleo y otras advertencias, según el producto de que se trate. ¡LÉELAS!
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PRESUPUESTOS: El presupuesto que puede utilizar ( en tintorerías, reparación de automóviles, de electrodomésticos ) le informa sobre el servicio que va a recibir, la reparación que le van a realizar y el precio estimado. Así puede elegir el que más le convenga
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FACTURAS: La factura indica lo que ha comprado, cuánto ha pagado y dónde, cuándo, cómo y a quién lo hizo. Si le surgiera algún problema, todo esto puede serle útil. ¡EXÍGELAS!
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CONTRATOS: Un contrato te supone una serie de derechos y obligaciones que debes conocer. Antes de firmarlo ¡LÉELO HASTA EL FINAL!. Si tienes alguna duda ¡ASESÓRATE! y una vez firmado ¡EXIGE UNA COPIA!.
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Y ADEMÁS:
- No consumas productos que no te inspiren confianza. Si observas alguna irregularidad comunícanoslo inmediatamente.
- Fíjate en las fechas de caducidad y consumo de los productos envasados antes de comprarlos.
- No adquieras precipitadamente productos que requieran calma en la decisión, comprobaciones de uso.
- Comprueba los precios antes de consumir. Éstos deben estar expuestos al público de forma clara.
- Comprueba igualmente si los precios llevan incluidos todos los gravámenes.
Enlaces:
LEY 3/2003, de 12 de febrero, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
DECRETO 37/1999, de 18 de marzo, de Ordenación de la Junta Arbitral de Consumo de Canarias.
LEY 23/2003, de 10 de Julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo
